Conozca la Ley de Trabajo en Casa
Publicado: 12 de julio de 2021
A raíz del impacto social y económico causado por el COVID-19 en el 2020, el cual llevó a la mayoría de empleadores y trabajadores a realizar sus funciones en casa u otros lugares diferentes a la oficina, el Estado y empresarios de todo el país se enfrentaron a una encrucijada jurídica, un vacío normativo que dificulta las relaciones contractuales, laborales y comerciales, en los sectores privado y público.
En tal sentido, el Gobierno Nacional, presentó una Ley ante el Senado de la República en mayo del 2021, para regular el trabajo en casa, la cual fue sancionada y firmada como la LEY 2088 de 2021. Una normativa que tiene las siguientes bases que aportan elementos útiles y aspectos jurídicos que salvaguardan los empleos y las relaciones entre empleadores y empleados, enmarcadas así:
Definición de trabajo en Casa:
Es aquel, que se desarrolla, transitoriamente, donde no se requiera de presencia física del trabajador o del funcionario en las instalaciones donde habitualmente realiza sus tareas; y sin modificar ni desmejorar la naturaleza del contrato o relación laboral, donde el trabajador puede prestar sus servicios desde un lugar remoto, usando especialmente (no exclusivamente) tecnologías de la información y las comunicaciones, medios informáticos o análogos.
Temporalidad:
En su artículo 7, la ley 2088 de 2021 afirma que la modalidad de trabajo en casa, es una actividad laboral que se desarrollara por 3 meses en circunstancias extraordinarias (como la pandemia), prorrogada por 3 meses hasta que el trabajador y la empresa lo determinen, sin que conlleve variación de las condiciones laborales establecidas y pactadas al inicio de la relación laboral.
Aspectos Legales:
- La nueva ley 2088 de 2021, en su artículo 11, protege a los trabajadores con los mismos derechos y garantías, pactados al inicio del contrato laboral, que incluyen jornada laboral, horas extras, trabajo nocturno, dominicales, festivos y descanso dentro de la jornada laboral, derechos de asociación, negociación sindical, y prestaciones económicas y asistenciales.
- El auxilio de transporte para los trabajadores que devenguen hasta 2 SMLV, estipula que recibirán este pago a título de "Auxilio de Conectividad digital", durante el tiempo que presten su servicio en Casa.
- El trabajo en casa seguirá amparado por la ARL, que deberá promover programas que permitan garantizar condiciones de salud física y mental, así como la seguridad en el trabajo.
- El empleador deberá promover la formación, capacitación y el desarrollo de competencias digitales, en los servidores públicos y trabajadores del sector privado cuando la actividad a desarrollar así lo requiera (Artículo 12).
- Empleadores y trabajadores se deben ceñir al horario y jornada de trabajo.
- El trabajador debe realizar su carga habitual de trabajo y no debe tener sobrecargas adicionales.
- Empleadores deben promover las pausas activas de higiene y protección de la salud.
Para ampliar información sobre la ley 2088 de 2021 visitar: https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=162970
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