¿Quieres seguir creciendo en tu empresa? El teletrabajo es tu mejor opción
Publicado: 15 de junio de 2022
- Colombia tiene legislación en las tres modalidades de trabajo por fuera de oficina, trabajo en casa (Ley 2088 de 2021), trabajo remoto (Ley 2121 de 2021) y teletrabajo (Ley 1221 de 2008).
- El pasado 9 de abril el Ministerio del Trabajo reglamentó, con el Decreto 555, el trabajo remoto en el que hizo claridad sobre los deberes y derechos de las partes involucradas.
Bogotá mayo de 2022. Aunque el teletrabajo, trabajo remoto y trabajo en casa parezcan iguales, son tres modalidades de trabajo no presencial diferentes. A continuación explicamos cada una de estas opciones:
- Trabajo en casa se presenta en situaciones excepcionales, como la originada por la pandemia del Covid-19. Fue durante los años 2020 y 2021 que el trabajo en casa tomó fuerza en el país.
- Trabajo remoto fue reglamentado recientemente bajo el Decreto 555 y consiste en que el colaborador realiza su labor de manera 100% virtual. El contrato se firma sin la presencia física del trabajador, razón por la cual en esta modalidad no se admite alternancia.
- Teletrabajo tiene la base o el soporte de su desempeño en las tecnologías de la información y las comunicaciones. No se requiere la presencia física del trabajador en un sitio específico, pero el empleador puede implementar la alternancia, en la que el trabajador desempeña sus funciones dos o tres días en casa y el resto desde la oficina.
Trabajo remoto y teletrabajo
A finales de 2021, el Ministerio de las TIC realizó un estudio denominado Penetración y Percepción del Teletrabajo en entidades públicas en Colombia, en el que se tuvo en cuenta el trabajo remoto y se evidenció que solo el 6% de los encuestados trabajan bajo esta modalidad, mientras que el teletrabajo ha logrado mayor penetración tanto en empresas, entidades y entre los trabajadores.
En 2020, de acuerdo con el Quinto Estudio de Percepción y Penetración del Teletrabajo en empresas, realizado por el Centro Nacional de Consultoría y MinTIC, 4 de cada 10 empresas en Colombia habían implementado una modalidad de trabajo no presencial. En total, se registraron 17.253 empresas que implementaron el teletrabajo, lo que generó un aumento de teletrabajadores (209.173).
La mayoría de las empresas (75%), que han implementado esta modalidad, lo hacen bajo el modelo autónomo, es decir que le permite a los teletrabajadores escoger el lugar desde el que van a desarrollar sus actividades laborales. Este puede ser su propio domicilio o un lugar diferente a la empresa, aunque pueden ir a la oficina a reuniones puntuales.
Asimismo, se identificó que el 17% lo hace bajo el modelo suplementario, es decir, laboran dos o tres días desde un lugar fijo diferente a la oficina y el resto del tiempo lo hacen en la empresa.
Mientras que en el caso del modelo móvil, se encontró que es utilizado por un 8%. En esta alternativa, los teletrabajadores no tienen un lugar de trabajo establecido y sus herramientas primordiales para desarrollar las actividades profesionales son las tecnologías de la información y las comunicaciones en dispositivos móviles.
Modelo suplementario
Los resultados del sexto Estudio de Penetración y Percepción del Teletrabajo realizado a finales del año pasado, que fue aplicado a entidades del Estado, evidencian una variación importante en cuanto a los modelos usados para teletrabajar.
De acuerdo con el análisis, el 41% de las entidades públicas tienen el teletrabajo como modalidad implementada, mostrándose una evolución positiva de 3 puntos porcentuales, respecto a la medición previa de 2019, cuando fue del 38%. Es una modalidad que, en promedio, se lleva practicando desde hace año y medio.
La principal modalidad usada es la suplementaria, ubicándose el 71% de los encuestados en este modelo. Mientras que el autónomo, que fue el principal modelo en 2020, bajó al segundo lugar al registrar un 29% y el móvil no tiene porcentaje registrado.
El 97% de quienes realizan el teletrabajo suplementario lo hacen desde el domicilio, el 6% lo hace desde la oficina, el 3% labora desde una oficina satélite y un 2% desde telecentro o sitio público con acceso a computadores e Internet, según el mismo estudio.
Desde la óptica de los servidores públicos, se percibe satisfacción con las modalidades de empleo no presenciales. Donde el 53% trabaja desde casa, el 41% teletrabaja y el 6% hace trabajo remoto.
El 77 % de los encuestados ven el teletrabajo como una modalidad laboral en Colombia. Y 9 de cada 10 entidades ven viable el teletrabajo como una modalidad de trabajo en el país, siendo fruto de la siembra de la estrategia de MinTIC y la coyuntura, porque este es percibido como una forma de optimizar recursos y que permite mayor competitividad en las entidades.
Desde el Ministerio TIC, te sugerimos que si deseas conocer cómo implementar estás formas de trabajo no presencial, tengas en cuenta las siguientes normas:
- Teletrabajo: ley 1221 de 2008 definición modalidades y promoción del teletrabajo en el país decreto 0884 de 2012 manual de funciones tecnología prevención riesgos profesionales.
- Decreto 1072 del 2015: compendio de normativas laborales entre ellas teletrabajo.
- Circular 027 del 2019 Mintrabajo: acuerdo entre las partes.
- Trabajo en casa: ley 2088 de 2021: regula la habilitación del trabajo en casa.
- Decreto 1662 del 2021: reglamenta la habilitación del trabajo en casa para el sector público.
- Trabajo remoto ley 2121 de 2021: crea una nueva forma de ejecución del contrato de trabajo, denominada trabajo remoto
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